Por qué defender el fin de las contribuciones obligatorias frente al amparo presentado por COVIAR.

San Juan, 28 de mayo de 2026 – Tras la Resolución 55/2026 de principios de mayo que eliminó las contribuciones obligatorias a la Corporación Vitivinícola Argentina (COVIAR), la corporación acudió de urgencia a la Justicia Federal de Mendoza con una demanda de amparo para intentar continuar con el cobro forzoso. Dar marcha atrás con esta liberación fiscal representaría un duro golpe para el sector vitícola, sumergiendo nuevamente a los productores en un escenario de asfixia económica e indefensión financiera en un momento donde cada recurso es vital para sostener la actividad productiva. 

El argumento central que valida la decisión del Gobierno nacional es de una lógica irrefutable, ya que el PEVI fue diseñado con un horizonte temporal que concluyó formalmente en el año 2020. Prolongar de manera indefinida una tasa obligatoria bajo el amparo de un plan vencido constituía una distorsión legal y un esquema de recaudación forzosa que el sector primario ya no podía sostener.

Sin embargo, ante la Resolución 55/2026, COVIAR presentó un amparo en la Justicia Federal de Mendoza (Expte. FMZ 20632/2026) el día martes 26 del presente mes, para volver a establecer el cobro obligatorio. En consecuencia, el Juzgado Federal N° 2 de Mendoza rechazó la habilitación de la vía rápida (el pedido exprés de inconstitucionalidad) que pretendía COVIAR, respetando las garantías institucionales y otorgando al Estado Nacional el plazo de ley de 3 días para fundamentar la legitimidad de la Resolución 55/2026. Es decir, al día de hoy, la medida cautelar propuesta por COVIAR se encuentra pausada hasta que el Gobierno Nacional presente el informe solicitado por el juez interviniente.  

Para el sector vitícola, el «no-pago» de esta contribución obligatoria no es un detalle menor; representa un alivio fiscal directo e inmediato. En un contexto macroeconómico complejo, donde cada centavo cuenta para mantener las fincas en producción, la eliminación de esa taza —calificada por las autoridades como «expropiatoria»— devuelve competitividad y permite que los recursos generados por el esfuerzo viñatero permanezcan en la economía real de las provincias productoras.

En resumen, el conflicto planteado en los tribunales mendocinos no es un asunto privado de la corporación; afecta de forma directa el patrimonio de cada bodega y productor del país. Por este motivo, desde diversos actores del sector vitivinícola articulamos estrategias de intervención legal para frenar las pretensiones de COVIAR:  

1-Presentación como Amicus Curiae (Amigos del Tribunal): Cámaras e instituciones representativas aportarán informes técnicos al tribunal para demostrar el impacto negativo y el daño real que causaría dar marcha atrás con el beneficio del cese de aportes.

2-Intervención de Terceros (Coadyuvante o Autónomo): Implica el involucramiento formal en el expediente del juicio para defender la legalidad de lo que hizo el Estado Nacional y oponerse frontalmente a COVIAR.

3-Colectivización del proceso y principio de máxima publicidad: Se exigirá que el proceso sea declarado formalmente como un «proceso colectivo» bajo el principio de máxima publicidad. No se puede decidir el destino de los recursos de miles de productores a puertas cerradas; todo el sector debe tener la oportunidad de ser oído antes de que se pretenda reimponer una carga económica generalizada.

En conclusión, la defensa de la Resolución 55/2026 es velar por el fruto del trabajo diario en el viñedo. La articulación, la promoción y la investigación vitivinícola son herramientas valiosas, pero deben sustentarse sobre la base de la eficiencia, la transparencia y la adhesión voluntaria de sus miembros, jamás bajo la coacción de un impuesto encubierto y perpetuo. El cese de las contribuciones obligatorias es un paso fundamental hacia una vitivinicultura más libre, competitiva y justa para quienes sostienen la actividad desde la tierra.